Todo lo que debes saber sobre la Ley 7/2022, de 8 de abril, que entra en vigor el 1 de enero de 2023. Con motivo de la ley de residuos y economía circular propuesta por la Unión Europea, a partir del 1 de enero de 2023 se incorporará un nuevo impuesto sobre todos los envases de plástico no reutilizables.
Con esta norma se da cumplimiento a las directivas del Parlamento Europeo Directiva (UE) 2018/851 sobre residuos. Así como a la Directiva (UE) 2019/904 sobre reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.
Este nuevo impuesto sobre plásticos será de naturaleza indirecta a todos los envases de plástico no reutilizable y no reciclado que “sirvan para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías. Ejemplos de ello son vasos de plástico o los rollos de plástico para embalar y evitar roturas en el transporte de productos”, dicta la ley. Estos impuestos se grabarán con 0,45 euros por kilogramo neto. Por ejemplo, si su importación contiene 10.000kg de plástico, se debería pagar un impuesto de 4.500€.
Este impuesto se deberá liquidar en el despacho de importación, detallando en el dúa los kilogramos de plástico no reciclado incluidos. Quedan exentos hasta 5 kilogramos al mes de plástico no reciclado.
EXCEPCIONES
Quedan excluidos de dicho impuesto las pinturas, tintas, lacas y los adhesivos concebidos para ser incorporados a los productos destinados a tener la función de contener, proteger, manipular o entregar bienes o productos. Así como aquellos envases para contener, proteger, manipular, distribuir o presentar medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario, así como los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero.
Si el envase contiene plástico reciclado, que no está incluido en este impuesto, deberá presentar una certificación que lo confirme de una entidad debidamente acreditada. Y habrá un periodo transitorio de 12 meses a partir de la aplicación de la ley, 01/01/23, en los que los importadores podrán presentar, en su lugar, una declaración de responsable justificándolo.
Actualmente, debemos tener en cuenta que casi todos los elementos de embalaje, protección, manipulación, o contención, de plástico, no son reutilizables, y son de plástico no reciclado, total o parcialmente; por lo que es difícil que alguna mercancía a la importación quede fuera de este impuesto. Es por ello que casi todos los importadores estarían afectados, por lo que a partir de la aplicación de esta ley, el sector tendría que trabajar en transformar este factor en su importación.
OTRAS NOVEDADES DE LA LEY 07/2022, 8 DE ABRIL
Por otro lado, en cuanto a la ley de residuos y economía circular, se introducen medidas para la reducción del consumo de productos de plástico de un solo uso, que deberá ser en 2026 del 50% en peso, con respecto a 2022; y en 2030, del 70% en peso, con respecto a 2022. Están sujetos a esta reducción los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos. Para cumplir con estos objetivos, la ley establece que “todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico”.
De igual manera, la ley también restringe la introducción en el mercado de productos de plástico como bastoncillos de algodón, pajitas (con ciertas excepciones), cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar globos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido y todos los productos de plástico oxodegradable.
Sumado a la normativa de la Unión Europea, la nueva ley también determina que los agentes comercializadores deberían impulsar la sustitución de los productos de plástico no compostable, como bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario; sustituyéndolos por otras alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón.
ALTERNATIVAS
Desde Gestión de Compras, nos adaptamos a las necesidades y novedades del mercado internacional; cumpliendo las normativas y requisitos establecidos por la ley y por nuestros clientes. Es por ello que llevamos años apostando por materiales alternativos al plástico de un solo uso. Entre nuestro catálogo, se puede encontrar una amplia gama de productos de plástico reciclado, plástico reutilizable, plástico compostable, caña de azúcar, cartón, etc.
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